lunes, 26 de abril de 2010

MAGDALENA DEL MAR DEFIENDE SU TERRITORIO


SE CURSARON CARTAS A LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR DE PARTE DE LAS JUNTAS VECINALES Y VECINOS NOTABLES, LAS CUALES NO HAN TENIDO RESPUESTA.

PREGUNTA1. Se preguntó si estas obras y/o servicios en las 42 manzanas invadidas contaban con aprobación/autorización del Municipio?.

DENTRO DE LA MUNICIPALIDAD SE RESPONDEN:
A : Abog Adolfo Huarcaya Secretario General
Mediante el presente documento se le informa, en relación a vuestro informe b), que no existe ningún acuerdo y/o convenio suscrito con la Municipalidad de San Isidro relacionados a la ejecución de obras en la zona de supuesta "imprecisión" de límites.

Al respecto, deberá tenerse en cuenta que el conflicto de límites en la zona precitada ha sido sometido a conocimiento del órgano que legalmente es responsable de dilucidarlo, esto es el Instituto Metropolitano de Planificación - IMP (quien posteriormente trasladarr su dictamen a la Presidencia del Concejo de Ministros a fin de que dicha Entidad remita el proyecto de Ley pertinente al Congreso de la República, de ser el caso). En tal sentido, mientras dicho conflicto no sea resuelto, resulta necesario que se atiendan las necesidades de los vecinos que tributan en dicha zona (1), siendo importante recordar que la Décimo Tercera Disposición Complementaria de la Ley No. 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, permite la tributación de los contribuyentes atendiendo a la inscripción registral del predio o favor de la Municipalidad de su elección, cuando exista conflicto de límites.
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José Fernández Hernández
Gerente Municipal
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(1) A través de la prestación de servicios públicos o la ejecución de obras públicas, según sea el caso (tal como lo hace esta Municipalidad en la zona precitada)

YO ME RESPONDO: OSEA QUE NI ENTRE ELLOS SE RESPONDEN!!

PREGUNTA2. Si solamente el 25% de contribuyentes de esa zona tributan en San Isidro por que se realizan las obras y/o servicios en el 100% de las 42 manzanas invadidas?.

YO ME RESPONDO:

RESPECTO A QUE SI SOLO UN 25% APORTA EN SAN ISIDRO....CREO QUE LA RESPUESTA ES LA MISMA, PUES ES MUY PROBABLE QUE EN LA LEY TAMPOCO SE DETALLEN ESOS PORCENTAJES, ......... CADA QUIEN HACE LO QUE PUEDE............ Y SAN ISIDRO PUEDE!!
UNA VEZ MAS, PARECIERA QUE TODO ESTA FRIAMENTE CALCULADO PARA QUE EL MAS DEBIL SEA EL MAS PERJUDICADO (NOSOTROS), SINÓ COMO SE ENTIENDE EL ESPÍRITU DE ESA PARTE DE LA LEY.

SEGÚN LA LEY VIGENTE DE DEMARCACIÓN TERRITORIAL,EN LIMA METROPOLITANA LE CORRESPONDE
DICTAMINAR (Tal vez lleve otro nombre,como emitir informe técnico, etc...) A LA MUNICIPALIDAD DE LIMA METROPOLITANA A TRAVÉS DEL IMP (Instituto Metropolitano de Planificación).

LIMA METROPOLITANA YA HA EMITIDO DICTÁMENES EN LOS AÑOS 1997 Y 2000, EN AMBOS CASOS DETERMINANDO QUE EL LÍMITE SEA LA AV. SALAVERRY.
Magdalena del Mar, a pesar de ya estar perdiendo hasta allí como 60 manzanas y en
aras de terminar finalmente con un problema de tantos años, aceptó en ambas oportunidades esos dictámenes.

San Isidro, quien fue el que pidió que se formen esas Comisiones Técnicas, Y rechazó sus dictámenes. Claro, es que ellos solo quisieran que se pronuncien a su favor.

TODO ESTO HA SIGNIFICADO Y SIGUE SIGNIFICANDO UN COSTO SOCIAL PARA MAGDALENA DEL MAR, Y MUY ALTO, PUES NOS IMPIDE PLANIFICAR Y DESARROLLAR CUALQUIER PLAN DE TRABAJO EN GENERAL PARA EL DISTRITO Y EN ESPECIAL PARA ESE SECTOR. NO SE PUEDE ELABORAR UN PRESUPUESTO EXACTO, NO SE PUEDE TRABAJAR CON TRANQUILIDAD EN LA ZONA y DE TODA LA
POBLACIÓN QUE ALLÍ VIVE HAY SIEMPRE UN 25% (APROXIMADAMENTE)QUE TRIBUTAN EN SAN ISIDRO, EN DESMEDRO DE MAGDALENA DEL MAR.

COMO CONCLUSIÓN, ES SOLO MAGDALENA DEL MAR EL ÚNICO PERJUDICADO.

ALGO TAMBIÉN MUY IMPORTANTE, ES QUE EN LOS CASI 80 AÑOS QUE VA A TENER EL PROBLEMA (o sea contando desde que se fundó San Isidro en 1931) NUNCA SAN ISIDRO HA PODIDO GANAR DEFINITIVAMENTE COMO SUYO ESE TERRITORIO, NADIE LES HA DADO LA RAZÓN OFICIALMENTE .....NUNCA, ........... POR LA SENCILLA RAZÓN DE QUE NO LA TIENEN!!!!!!!

Más aún, La Comisión AD HOC se forma en el año 1997 para ver el tema limítrofe entre
Magdalena del Mar y San Isidro. Y tal parece que fue a pedido del mismo San Isidro. Y da su Dictamen. Sin embargo luego San Isidro, no aceptó el Dictamen.
ASÍ QUE FÁCIL NO ???

Pero la Comisión ESPECIAL que se formó en el año 2000 no solo fué para ver el tema limítrofe entre San Isidro con uno de sus vecinos: Magdalena del Mar, sino mas bién fue para darle una especie de jalón de orejas a San Isidro, pues ahí le determina cuales deben ser los límites que debe respetar con TODOS sus vecinos.

Y Por supuesto, tampoco a San Isidro le gustó y tampoco la acepto!!.
ASI DE FACIL NO!!!

En conclusión ellos solo quisieran que el IMP (INSTITUTO METROPOLITANO DE PLANIFICACION) les de razón, de lo contrario no aceptaran los DICTAMENES.

En otras palabras o en lenguaje de la calle: San Isidro se "ZURRA" en los DICTAMENES del IMP.

HAN HABIDO DOS DICTÁMENES DE DOS COMISIONES, PERO ADEMÁS HAY PRONUNCIAMIENTOS ESCRITOS MUY CLAROS DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA EN EL AÑO 1996, ASÍ COMO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA EN EL AÑO 1969.

Es decir dos PRONUNCIAMIENTOS y como siempre, San Isidro se vuelve a "ZURRAR". Es decir que San Isidro no acata ni Dictamenes, ni Pronunciamientos, incluso ni Fallos del Tribunal Constitucional!!!

PREGUNTA3. Si el expediente lo dejó listo el Dr. FRANCIS ALLISON OYAGUE y fue presentado entre abril o mayo del 2009 y sustentado en agosto del 2009, y por tanto tenia un plazo de 90 dias para salir el dictamen, porque no se ha actuado sobre el IMP sea por silencio administrativo, u otro mecanismo para que continue la plena vigencia del dictamen del 2000 y ese sea elevado a la PCM para que siga su tramite respectivo, es decir sea elevado al Congreso de la República para promulgar el Proyecto.

YO ME RESPONDO: En primer lugar, hay un silencio inexplicable en la respuesta de la municipalidad, ya que no ha brindado ninguna información sobre la situación o el estado del procedimiento iniciado en el 2009 y que actualmente se encuentra en manos del IMP. Cabe recordar que la entidades públicas, entre ellas la municipalidad de Magdalena del Mar, se encuentran obligadas a brindar la información pública que posean y que es solicitada por los ciudadanos, de acuerdo a la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En tal sentido, la municipalidad ha incumplido esta ley.

Sin perjuicio de lo señalado, es necesario exigir a las autoridades de la Municipalidad de Magdalena del Mar que exijan, a su vez, a la Municipalidad de Lima la emisión de los dictámenes, acuerdos o disposiciones pertinentes que resuelvan este conflicto en base a los dictámenes de las Comisiones Ad-Hoc del año 1997 y 2000, toda vez que los plazos impuestos por la propia municipalidad de Lima se han vencido en exceso. Si la demora continúa la municipalidad de Magdalena del Mar debería presentar el respectivo recurso de queja previsto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General contra los funcionarios de Lima que tiene el expediente a su cargo, y con el silencio producido acudir a otras instancias como la PCM, a fin que esta interponga sus buenos oficios para viabilizar el trámite.



PREGUNTA4. Si es que se pudo o puede actuar sobre la Décimo Tercera Disposición Complementaria de la Ley No. 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades- ,toda vez que el caso se encuentra en el IMP pero ya tenemos el último dictamen a favor.

YO ME RESPONDO: Respecto de la Décimo Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, lamentablemente no se puede hacer nada, ya que es una norma que básicamente trata de proteger al ciudadano que sufre las consecuencias de un conflicto de este tipo.

LAMENTABLEMENTE, EN NUESTRO QUERIDO PAIS HAY MUCHAS LEYES QUE NO DEBERÍAN HABER
SIDO DADAS O QUE ADOLECEN DE MUCHAS IMPRECISIONES O DISTORSIONAN EL FIN PRIMORDIAL
PARA EL QUE FUERON DADAS. ESE ES EL CASO DE LA LEY DE MUNICIPALIDADES QUE PERMITE QUE
EN UNA ZONA SUPUESTAMENTE "EN LITIGIO" PUEDAN HACERSE OBRAS LIBREMENTE POR PARTE DE
CUALQUIERA DE LOS DOS INVOLUCRADOS. MAS CLARAMENTE, CUANDO UNO DE LOS DOS TIENE UN MUCHO MAYOR PODER ECONÓMICO (Es el caso de San Isidro) VA A APROVECHAR PARA CAPTAR
A NUEVOS VECINOS A LOS CUALES EL OTRO MUNICIPIO NO VA A PODER NUNCA ATENDER IGUAL.
SI A ESO SUMAS QUE POR PARTE DE MAGDALENA NUNCA HA HABIDO LA INICIATIVA DE CONSIDE-
RAR ESA ZONA COMO "EN LITIGIO" PUES ES BIEN FACIL PARA LA OTRA PARTE HACER CREER ESO
DURANTE EL MAYOR TIEMPO POSIBLE (AÑOS, DÉCADAS),...... Y MIENTRAS TANTO SIGUE HACIENDO SU LABOR DE PENETRACIÓN PERMANENTEMENTE.

PREGUNTA5. Cuales son exactamente las responsabilidades que ha incurrido el municipio en este caso.

YO ME RESPONDO: En segundo lugar, la municipalidad acepta que no existe convenio o acuerdo en relación a la ejecución de obras por parte de San Isidro en la mal denominada zona de litigio, con lo cual reconoce tácitamente que ha omitido ejercer acciones para defender nuestro distrito. Si bien las obras son necesarias para los vecinos, no se puede aceptar que el distrito Vecino ingrese a nuestro territorio y usurpe las funciones de la autoridad municipal de Magdalena ante su mirada indiferente. De acuerdo a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los vecinos hemos elegido a nuestras autoridades para que cumplan son sus funciones dentro de nuestra jurisdicción.

PREGUNTA6. Que debemos demandar de la Municipalida ahora.

YO ME RESPONDO: Que no se "ZURRE" ante el requerimiento de los vecinos al respecto, que de inmediato actue de acuerdo a sus funciones para las que han sido elegidos y por eso se les paga, pues no son cargos Ad Honorem.

CREO QUE EN ESTE MOMENTO, DEBERÍA DEMANDARSE QUE LA MUNICIPALIDAD HAGA UNA CAMPAÑA DE DIFUSIÓN MASIVA, QUE DEBIO HABERLA HECHO DESDE HACE AÑOS, PERO NUNCA ES TARDE!! INFORMANDO A LA POBLACION Y LA OPINION PUBLICA SOBRE ESTE TEMA. POR QUE CASO CONTRARIO, QUIENES DEBEN DE TOMAR DECISIONES AL RESPECTO(IMP), PODRÍAN PENSAR QUE ESTAMOS DEBILITADOS Y NO SERÍA IMPOSIBLE QUE EMITIERAN UN DICTAMEN FAVORABLE A SAN ISIDRO.

LES ASEGURO QUE SI SALIESE UN DICTAMEN ASÍ, SAN ISIDRO CELEBRARIA CON UNA FIESTA GENERAL Y DARÍA POR SENTADO QUE LA PCM BASADA EN DICHO DICTAMEN LO RATIFICARÍA CON UNA LEY.

PERO EN LA PRÁCTICA NOSOTROS VAMOS GANANDO EL PARTIDO 2 A 0 (Dictámenes de 1997 y del 2000). CON UN DICTAMEN CONTRARIO AHORA,SEGUIRÍAMOS GANANDO 2 A 1, PERO LA GENTE NO CONOCE DE ELLO Y AHÍ ES DONDE APROVECHA SAN ISIDRO.


POR LO TANTO, LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR DEBE ACCIONAR YA ANTE EL IMP PARA QUE ESTE A SU VEZ ELEVE COMO CORREPONDE A LA A LA PCM A PARTIR DE QUE: BUENO, YA HAY SUFICIENTES INFORMES Y SOLO QUEDA DAR EL SIGUIENTE PASO ...............QUE JUSTAMENTE ES EL QUE LE CORRESPONDE A ELLOS. CREO QUE DEBEN PRESENTAR UN PROYECTO DE LEY O ALGO ASÍ PARA QUE QUEDE ESTABLECIDO ESE LINDERO ENTRE LOS DOS DISTRITOS DE UNA VEZ POR TODAS.

BUENO, ES CIERTO QUE NO SOY EXPERTO EN TEMAS DE DERECHO, PERO CREO QUE LA RESPUESTAS QUE HE DADO, SON SINCERAS Y SE ACERCAN A LO REAL.

Y PIENSO QUE ES MUCHO MEJOR QUE QUEDARSE CALLADO!!, CUMPLIENDO CON LA "POLITICA DEL MUDO" E ILUSAMENTE PENSANDO QUE CON ELLO, NOS HARAN CREER QUE VIVIMOS EN UN PARAISO Y DEJARLES TRANQUILOS (SIN PROBLEMAS), HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE ESTE AÑO!!!

Recordemos que finalmente, que legalmente hablando a Magdalena del Mar le corresponde
a la fecha el territorio hasta la Av. Coronel Portillo, que es el costado izquierdo
del Cuartel de San martín que está en la Av. del Ejército
. En la práctica, sabemos que desde la Av. Salaverry hacia Coronel Portillo esa vecindad esta 100%identificada con San Isidro, pero eso también ha representado un costo social para Magdalena del Mar.

Recordemos que, que el Instituto Metropolitano de Planificación IMP, dictaminó nuevamente en el año 2000 cuales deberían ser los límites del distrito de San Isidro con sus vecinos: Magdalena del Mar, Lince y Surquillo entre otros, ya que a todos estos distritos han sido perjudicado en mayor o menor grado.